La ley Trole III favorece a los empresarios ricos, y es la continuidad de un modelo económico neoliberal iniciado en los 90 y reorganizado con mucha atención en las alianzas público-privadas, en la década anterior.
Para efectos metodológicos, señalo mi alejamiento de las lecturas e interpretaciones, pro y post correísmo de la ley, debido a que no permiten observar un análisis de la situación de clase y su momento histórico. La hipótesis de este breve artículo que, por la importancia y extensión de la temática tiene dos partes, demuestra que el gobierno de Lenín Moreno profundiza un modelo económico neoliberal. El proceso del neoliberalismo en Ecuador se exacerba a finales de los 80, tiene puntos de inflexión en 1992 y en el 2000; un retorno no convencional en 2010 y una decidida continuidad en 2018. A partir de 1970 la modernización del capitalismo cuenta con una clase dominante poderosa que intenta reiteradamente fraccionar y desestabilizar a una organizada clase trabajadora.
La ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal, más conocida como ley Trole III, es llamada así no sólo porque su estructura reforma varios cuerpos legales[1], entre ellos, leyes orgánicas[2] y leyes ordinarias, sino además porque permite observar el enraizamiento del eje de acumulación financiero capitalista, la liberalización de los mercados y con ello la subsunción[3] del trabajador en el proceso de producción; estos factores muestran las dos caras de una misma moneda: fomento productivo por un lado, y desarrollo del capitalismo flexible y la precariedad laboral por otro.
La ley Trole III favorece a los empresarios ricos, y es la continuidad de un modelo económico neoliberal iniciado en los 90 y reorganizado con mucha atención en las alianzas público-privadas, en la década anterior.
Los discípulos de la doxa neoliberal han permeado el imaginario social planteando de manera hiperbólica y mentirosa, retóricas como: integración, inversión extranjera, y generación de empleo. Estas frases ideologizadas son el resultado del pragmatismo y de la construcción discursiva en tiempos de liberación de capitales en el mercado. No es que en un modelo de tercera vía (socialdemócrata) estos anhelos no estén justificados, el problema radica en que en una sociedad dividida en clases y con relaciones deslocalizadas de producción, la competitividad en realidad incentiva procesos de acumulación y ganancia acelerada que se concentran en pocas manos, a través de la reducción de los salarios de los trabajadores, la sobreexplotación o el desempleo.
En realidad, la integración apuesta a la creación de bloques privados de transnacionales para fortalecer a los grupos económicos importadores y exportadores, esto sucede con la venia de los propios gobiernos. Por su parte, la inversión extranjera abre paso a la privatización de los bienes y servicios públicos, mediante lo que las élites denominan: alianzas público-privadas. Finalmente, la generación de empleo, implica la regresión de derechos laborales, sindicales, salariales, y de aseguramiento social, es decir, propicia la precarización del trabajo. Desde esta perspectiva, es claro que el neoliberalismo como modelo revitalizador de la acumulación capitalista tiene un rostro que exuda sangre.
BREVE RECORRIDO DEL CONFLICTO DE CLASE Y PRECARIEDAD LABORAL EN ECUADOR[4].
Período de modernización del capital y ajuste neoliberal 1970-1990
Velasco Ibarra en 1970, el gobierno “nacionalista” del general Guillermo Rodríguez hasta 1975 y el gobierno del triunvirato militar en 1976, reformaron leyes que afectaron a la clase trabajadora, sin embargo y a pesar de ello, esta década representó un importante momento de conformación de organizaciones sindicales, de movilizaciones y huelgas. Entre las principales reformas anti obreras encontramos la eliminación del derecho a huelga en el sector público, y la división de la fuerza laboral (manual e intelectual); la disolución de sindicatos; la limitación del contrato colectivo; la prisión de trabajadores que participasen en paralizaciones; desregularización laboral; congelamiento de salarios; y el despido masivo de obreros. Además, se liberalizaron las importaciones de insumos y productos agrícolas y se aceleró el endeudamiento público. Las empresas del sector público crecieron de manera paralela.
Después del retorno a la “democracia” el gobierno represor de León Febres Cordero impulsó la reducción de la participación del Estado, mediante recortes en el gasto público y el incentivo a la empresa privada. Intentó limitar el derecho a huelga solidaria, no obstante, no tuvo efecto por la presión del movimiento sindical. A partir de los 90, concomitante con la instalación del modelo neoliberal, el sector público es golpeado sistemáticamente. Rodrigo Borja, reforma el Código de Trabajo, instituye la ley de flexibilización laboral o maquila. Posteriormente, el gobierno privatizador de Sixto Durán Ballén afectó los derechos laborales esenciales (contratación colectiva, sindicalización y huelga), y mediante la creación del Consejo Nacional de Modernización, articuló políticas de privatización, ajuste y compresión del Estado.
Recomposición y remozamiento del capitalismo flexible 2000-2015
La aprobación de las leyes Trole I y II, de Mahuad y Noboa, incentivaron las inversiones privadas a través de la absorción de empresas públicas; promovieron la desregulación laboral mediante el trabajo polifuncional; instituyeron límites y techos a los despidos y desahucios; fortalecieron el mercado de capitales en beneficio de banqueros.
A continuación, la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa (LOSCCA), en el período de Lucio Gutiérrez, fue una reedición de las leyes Trole, la innovación incorporó la prohibición de la huelga en el sector público y puso en marcha la ley de intermediación laboral y tercerización.
La Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) de 2010 implementada en el régimen del economista Correa consolidó el periodo de regresión de derechos adquiridos profundizando la división del trabajo entre obreros y servidores públicos; burocratizó y penalizó el derecho de huelga; retomó la normativa de techos salariales e indemnizaciones; implementó la compra obligatoria de renuncias en el sector público; en apariencia sancionó la tercerización laboral, la intermediación y los contratos por horas, sin embargo, la llamada externalización de servicios mutó como forma renovada de tercerización. Adicionalmente en el 2015 el legislativo aprobó un paquete de enmiendas constitucionales que eliminó el derecho a la contratación colectiva y desconoció la deuda y la contribución del Estado al IESS.
En resumen, las leyes de desregulación laboral y la flexibilización general del capital son una constante de la economía capitalista “una revolución continua en la producción, una incesante conmoción de las condiciones sociales, una inquietud y un movimiento constantes distinguen la época burguesa de todas las anteriores” (Marx & Engels, Manifiesto del Partido Comunista, 1980).
En la historia del Ecuador estos movimientos aparecen más orgánicamente a finales de la década de 1960 e inicios de los 70 con el auge de las rentas petroleras y la consecuente articulación del mercado interno al capital financiero. Este período da paso al advenimiento de las políticas de ajuste y la instauración del modelo neoliberal en el Ecuador a partir de 1990. Desde el 2007 se produce un giro que discursivamente propuso la superación del modelo neoliberal, pero que sustancialmente, fue un período de retorno al modelo de mercado; a las concesiones estratégicas al sector privado; a la externalización de servicios mediante el traslado de fondos públicos los negocios privados; a la eliminación del aporte del Estado a la Seguridad Social; y a la regresión de derechos en el sector laboral. Todo esto acompañado de una moderna dosis de represión jurídico política.
[1] Ley y Código Tributario, Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno; Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; Ley de Compañías; Código de Trabajo; Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera; Código Orgánico Monetario y Financiero; Ley de Hidrocarburos; Ley de Minería; Ley Orgánica de Movilidad Humana.
[2] Las leyes orgánicas son las que regentan el funcionamiento y la estructura de las instituciones del Estado, y las que regulan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. Su expedición, reforma, derogación o interpretación debe realizarse con mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional. La ley de Fomento Productivo que, por cierto, contraviene algunos artículos constitucionales referentes a garantía de derechos y soberanía, fue aprobada el 7 de agosto con la anuencia de 127 votos de los 137 asambleístas, en la mayoría de votaciones. Entre ellos se encuentran algunos asambleístas de la propia bancada correista y de los bloques de la autodenominada izquierda.
[3] El proceso de trabajo se convierte en el instrumento del proceso de valorización, del proceso de autovalorización del capital: de la creación de plusvalía. El proceso de trabajo se subsume en el capital (es su propio proceso) y el capitalista se ubica en él como dirigente (…) Es esto a lo que denomino subsunción formal del trabajo en el capital (Marx, El capital, 1984).
[4] Este recorrido histórico toma como referencia la investigación inédita presentada en 2015 a la Internacional de Servicios Públicos en Ecuador (ISP) (Artieda, 2015).
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